
Portada Puerto Rico en el mundo
Introducción
La situación política actual (2007) de Puerto Rico se puede aproximar desde tres perspectivas diferentes: la relación con Estados Unidos, la política pública ante la economía y la organización política interna (gobierno) con sus instituciones derivadas, tales como los partidos políticos.
La relación con Estados Unidos ha transcurrido por tres etapas cronológicas: La primera corre desde la invasión del 1898 hasta la Ley Jones (1898-1917); la segunda va de la ley Jones a la Ley de Relaciones Federales (1917-1950) y la tercera desde la creación del Estado Libre Asociado (ELA) en 1952 hasta el presente.
La primera etapa comprende el periodo de traslado al país de la estructura económica y política estadounidense, reemplazando las del régimen español en pie durante cuatro siglos. El periodo español nos había legado una infraestructura económica y técnica débil y escasa: pocas carreteras, altos niveles de analfabetismo, pocas escuelas, ninguna universidad y un espacio limitado de participación en las instituciones políticas. Había habido, sin embargo, desarrollos culturales importantes en la literatura, la pintura y la música, junto a un ascendente reclamo de participación política mediante la formación de partidos políticos locales que culminó con la concesión de la Carta Autonómica pocos meses antes de la invasión del ejército estadounidense.
Las reformas remediales contenidas en la Carta Autonómica de 1898, resultaron de nuestras negociaciones con el gobierno central español y tuvieron el efecto inmediato de crear un ambiente general de optimismo en el país. Fruto del deseo del gobierno de retener la posesión de Cuba y Puerto Rico, la Carta Autonómica contenía una Carta de Derechos y concesiones políticas importantes, tales como representación en el parlamento español con voz y voto, participación directa en los tratados comerciales que afectaran a la Isla y capacidad para rechazar aquellos acuerdos internacionales en cuya confección Puerto Rico no había participado.
Con la invasión militar de Estados Unidos se deroga la Carta Autonómica y se organiza un gobierno militar de ocupación con poderes absolutos que dura dos años, al cabo del cual el Congreso de Estados Unidos aprueba la primera Ley Orgánica, la Ley Foraker (1900), que habría de regir hasta el 1917. Durante este primer periodo constitucional (1898-1917), se suplantó la estructura política local de origen español, se sustituyó la moneda por el dólar y se inició una transformación masiva hacia un nuevo orden económico.
En términos políticos, la Ley Foraker creo un sistema de tres ramas de gobierno, pero no separadas. El gabinete del gobernador, por ejemplo, constituía la Cámara Alta; sólo la Cámara Baja (Cámara de Delegados) era representativa, electa por el voto popular directo. Se creo el cargo de Comisionado Residente pero éste representaba a Puerto Rico ante el ejecutivo, no ante el legislativo, por lo que no se le concedió voz ni voto en el Congreso. El gobernador era nombrado por el presidente de Estados Unidos y el Congreso Federal podía anular cualquier ley que se aprobara aquí. Se reconoció la ciudadanía puertorriqueña pero no la soberanía, de modo que los puertorriqueños carecían de identidad ante la comunidad internacional. El documento también carecía de una carta de derechos, lo cual acentuaba el carácter ademocrático, imperial del régimen.
En términos económicos, Puerto Rico quedaba incluido bajo el régimen tarifario de Estados Unidos y los tratados comerciales de ese país aplicaban a Puerto Rico sin que mediara nuestra participación. Tampoco se nos concedió la potestad de hacer tratados comerciales propios. La aplicación absoluta de las leyes aduaneras de Estados Unidos acompañó la introducción del dólar, mientras se nos obligó al uso exclusivo de la marina mercante de Estados Unidos para la transportación de mercancías.

Puerto Rico hoy
La situación económica y política que creó la Ley Foraker produjo, como es de esperar, gran descontento entre casi todos los sectores del país, generando numerosas y prolongadas peticiones de cambio a Washington. 17 años más tarde, en marzo de 1917, se derogó la Ley Foraker con la aprobación de una segunda Ley Orgánica, la Ley Jones, y por primera vez se separan los poderes legislativo y ejecutivo. El nuevo Senado o Cámara Alta ya no estaba compuesta por los miembros del gabinete sino que, al igual que la Cámara Baja, habría de ser electa por voto popular. También se concedió la ciudadanía estadounidense a los naturales de Puerto Rico (a pesar de la oposición de nuestra Asamblea Legislativa) y se incluyo una Carta de Derechos, extendiendo al mismo tiempo el cargo de Comisionado Residente a un término de cuatro años. En cuanto a la economía, la Ley Jones mantuvo en vigor todas las disposiciones anteriores de la Ley Foraker.
El ambiente político del periodo que corre desde la Ley Jones hasta la creación del Estado Libre Asociado (1917-1952) se destacó por reiteradas tensiones, algunas de las cuales desembocaron en dramáticos conflictos políticos. Es la época que vio nacer y crecer al Partido Nacionalista bajo el signo de la reafirmación nacional y la oposición radical al Estado imperial estadounidense. La masacre de Río Piedras (1935); el subsiguiente asesinato del jefe estadounidense de la Policía, el coronel Riggs, y la matanza de los nacionalistas responsables al día siguiente (1936); el encarcelamiento del liderato nacionalista por delitos de sedición (1937); la masacre de Ponce (1937); la huelga universitaria de 1948, la revuelta nacionalista de octubre de 1950 y el ataque al Congreso de Estados Unidos (1954) son ejemplos del clima de violencia e insurrección.
Pero esa época también experimento un cambio sustancial en la organización del Estado, que culminó en la creación del Estado Benefactor Puertorriqueño. Primero, el gobierno federal estadounidense, com parte de las reformas del Nuevo Trato bajo la presidencia de Franklyn Roosevelt (The New Deal), asumió la responsabilidad formal por atender los problemas sociales causados por la carestía y la desigualdad. Más tarde, bajo la égida de un nuevo partido, el Partido Popular Democrático (PPD) que privilegió sobre todas las demás, la función social del Estado, se consolidó el proceso de modernización de la administración pública y se erigieron las instituciones gubernamentales de servicios sociales, todo bajo el signo de la centralización política y administrativa.
Este proyecto histórico de poner al país al día, de modernizarlo bajo el signo del paternalismo estatal, se llevó a cabo con un respaldo electoral masivo y constante y tuvo resultados concretos significativos: aumentaron los niveles de producción e ingreso per cápita, se diversificó la producción, se mejoraron y aumentaron las unidades de vivienda, y aumentaron y mejoraron los servicios educativos y de salud, entre otros.
La gran depresión mundial del 1929, había hecho que el sector comercial más adelantado de Estados Unidos aceptara la introducción de un capitalismo reformado bajo el liderato reglamentario del gobierno federal (central). Conscientes de los efectos negativos, sociales y políticos, de la acción depredadora del capitalismo clásico, los reformistas reconocieron la necesidad de que el Estado, por un lado, reglamentara la actividad económica con el fin de limitar los excesos del mercado y, por el otro, organizara un programa extenso de beneficencia pública para corregir los efectos de la carencia extrema de los sectores empobrecidos. Así nacen en Estados Unidos, y se extienden a Puerto Rico, las estructuras y prácticas del Estado Benefactor.

Puerto Rico hoy
Situación económica, conflictos de clases
Según el historiador James Dietz: “el flujo de capital como secuela de la invasión comenzó a convertir a Puerto Rico en una colonia clásica de monocultivo, dirigida por intereses comerciales de Estados Unidos y dominada por métodos capitalistas de producción, convirtiéndose… el azúcar en el principal renglón de exportación. La barrera arancelaria estadounidense erigida en torno a la Isla contribuyó a este dominio. Dentro de los canales legales provistos por la Ley Foraker, primero, y luego por la Ley Jones, nada se hubiese podido hacer para evitarlo… Como consecuencia, la vida económica de Puerto Rico se vinculó y dependió cada vez más de las decisiones de los capitalistas estadounidenses y de la economía de los Estados Unidos.”
Este modelo de control basado en el monocultivo ausentista de la caña entró en crisis durante el periodo de la Depresión de los años 30. La descripción de Dietz es difícil de superar:
“Puerto Rico sufrió los trastornos de los años de depresión en todas sus manifestaciones. Se paralizó el crecimiento del modelo de crecimiento agrícola basado en el monocultivo, lo que condujo a luchas de clases abiertas, a veces violentas, y a exigencias de cambio. Dichos acontecimientos sentaron la base y crearon las condiciones que acelerarían la transformación de la economía de un capitalismo rural, fundamentado en la agricultura, a un capitalismo urbano, orientado a la manufactura…”
“Los años treinta fueron un periodo crítico para Puerto Rico… Las luchas de los trabajadores, de los nacionalistas y de los estudiantes surgieron en el momento en que lo hicieron porque el modelo de desarrollo colonial mismo estaba en grave crisis. Desde luego, esto se debió en parte al efecto de la depresión mundial, pero las señales de crisis en el modelo de desarrollo eran evidentes desde mucho antes: un desempleo alto y creciente, ingresos altos y precios altos, el contraste entre las ganancias altas de los dueños ausentistas y la pobreza de los trabajadores, la dependencia estructural de un renglón agrícola de exportación y un nivel alto de dependencia del comercio. La Gran Depresión sencillamente saco a la luz la gravedad de las condiciones que debilitaban la economía de la Isla; no las creó ni las inventó…”
Inadvertidamente, El Nuevo Trato trajo a Puerto Rico un nuevo significado para la ciudadanía estadounidense. Desde el punto de vista del ciudadano común, la ciudadanía había representado inicialmente tan solo la posibilidad de servir en el ejército estadounidense o de viajar sin restricciones a Estados Unidos en busca de trabajo. Cuando comenzaron a multiplicarse los beneficios económicos directos del gobierno federal a individuos y familias, el ciudadano puertorriqueño comenzó a asociar la ciudadanía con niveles superiores de seguridad y prosperidad, y con nuevas esperanzas de acceso a los beneficios del mundo moderno. Al mismo tiempo, reforzado por la retórica de los sectores de la derecha política, se comenzó a identificar cualquier posibilidad de perder la ciudadanía con el retroceso a la pobreza extrema.

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Desde el punto de vista estratégico, la Operación Manos a la obra fue un programa de incentivos al capital estadounidense para que estableciera industrias en la Isla. Estos incentivos incluían la extensión de impuestos, subsidios directos e indirectos, construcción de facilidades de infraestructura, entrenamiento de personal, etcétera. Al mismo tiempo se propició una migración interna del campo a la ciudad. La nueva estrategia de desarrollo logró producir un aumento considerable en el empleo y en el ingreso per cápita.
Pero la reducción del desempleo y el aumento en el ingreso fueron, en gran medida, el resultado de la emigración de miles de familias a Estados Unidos. Esta migración, facilitada por la ciudadanía estadounidense (común ciudadanía) concedida por la Ley Jones, sirvió de válvula de escape ante la imposibilidad de la economía de crear empleos con la velocidad que el crecimiento poblacional requería.
Resumiendo, los principales logros durante ese segundo periodo fueron: 1) la reestructuración del Estado que lo convirtió en un ente benefactor, en un instrumento moderno y relativamente eficiente; 2) la emigración a Estados Unidos de un segmento considerable de nuestra población, y 3) la estrategia de desarrollo económico, Operación Manos a la Obra, que logró aumentar considerablemente la productividad de nuestra economía.
La próxima etapa en las relaciones formales entre Puerto Rico y Estados Unidos data de la Ley del Gobernador Electivo (1947) y la Ley 600 (1950). A partir de estas importantes reformas se redactó y se aprobó, mediante una asamblea constituyente, la Ley Orgánica o Constitución (1952) que, desde entonces, rige la organización del Estado puertorriqueño.
La ley del Gobernador Electivo fue aprobada en 1947 estableciendo que serían los puertorriqueños u no el presidente de Estados Unidos, quienes habrían de elegir por voto directo, el gobernador de Puerto Rico. La relación formal entre Estados Unidos y Puerto Rico, según definida en la Ley 600, deja en pie los aspectos de la Ley Jones, incluyendo la economía fiscal y la aplicación a Puerto Rico de todas las leyes federales que no sean explícitamente extensas. La diferencia es que la nueva Ley autoriza a los puertorriqueños a organizar la administración de su Estado bajo su propia Constitución, creando el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. En su preámbulo, sin embargo, la Ley indica que este ordenamiento se establece ‘con el carácter de un convenio’ (in the nature of a compact) comenzando así el debate de si con este documento se termina o no con la relación colonial entre Puerto Rico y Estados Unidos.
La vasta mayoría del electorado puertorriqueño ha sido constante, por décadas, en querer mantener algún tipo de relación política con Estados Unidos, lo que incluye retener los vínculos de ciudadanía que permiten perpetuar lo que el escritor Luis Rafael Sánchez ha designado, con mucho tino, la Guagua Aérea.
Otro factor que incide en la popularidad del estatus quo es que la economía puertorriqueña se ha convertido en un apéndice de la economía estadounidense. Además, los programas relacionados con el Estado Benefactor estadounidense producen transferencias de fondos que benefician directamente a la mitad de la población e indirectamente a la totalidad. Toda esta situación condiciona la consideración sobre las alternativas que serían más viables.
Pero el asunto es complejo mientras el dialogo público se complica ante el hábito contencioso de los sectores políticos que se disputan el poder, es decir, el control sobre las instituciones del Estado.
El debate del estatus
En cierto sentido la historia mundial del siglo XX se caracteriza por la desintegración de los imperios territoriales, particularmente a partir de la Segunda Guerra Mundial. En otras palabras, el siglo XX fue el siglo de la descolonización mundial y por tanto existen numerosos ejemplos y precedentes históricos e institucionales. Hay en el mundo más de 200 países independientes que podrían servir de ejemplo. Además, durante cien años hemos visto de cerca las experiencias, buenas y malas, de los cincuenta componentes (estados) de la unión estadounidense y por más de cinco décadas hemos vivido bajo el ELA; de modo que no debería ser difícil identificar las ventajas y desventajas de cada fórmula de estados y escoger la más adecuada. En la superficie, parecería un asunto fácil de resolver, y sin embargo, no es así.
El debate de status tiene dos aspectos centrales: uno procesal y otro sustantivo. El aspecto procesal se refiere al procedimiento que habría de redefinir la relación entre Puerto Rico y Estados Unidos, de tal manera que el resultado sea percibido como legítimo y definitivo por los puertorriqueños, Estados Unidos y la comunidad internacional.
En cuanto al aspecto sustantivo del debate: es decir, el contenido de las alternativas de status, los argumentos son de dos tipos: uno basado en el criterio de la conveniencia o interés y el otro en consideraciones de derecho y justicia. Veamos.
El independentismo
El independentismo, la opción más pluralista del universo político puertorriqueño, se ha dividido desde la primera mitad del siglo XX entre los que desean que Puerto Rico salga completamente de la esfera de influencia de Estados Unidos y los que piensan que un Puerto Rico independiente puede permanecer dentro de esa esfera siempre y cuando se nos reconozca nuestra soberanía nacional. La mayor parte de los independentistas hoy pululan en este segundo grupo por considerarlo conveniente para ambas partes, no por lealtad a la metrópoli. Nunca ha habido un grupo independentista que sienta afinidad emocional con la nación estadounidense, más allá del principio universal de respeto y solidaridad con el otro.
Los independentistas de todas las tendencias argumentan que esta opción de status conviene porque nos devolvería los poderes fundamentales para el desarrollo económico y social que a la fecha siguen en manos de Estados Unidos. Con esta potenciación, Puerto Rico sería capaz de establecer convenios comerciales con otras naciones y regiones; podría, al liberarse de las leyes de cabotaje, utilizar marinas mercantes más económicas que la de Estados Unidos; podría controlar su sistema de comunicaciones y correos, podría regular la migración a base de criterios de interés propio, podría tener su propio sistema bancario y podría organizar su propia participación en organismos internacionales. Se propone que estos poderes, que están ahora en manos del gobierno estadounidense, le daría a los puertorriqueños los instrumentos útiles para crear una sociedad más próspera y armoniosa.
La opción independentista, sin embargo, no ha logrado el apoyo esperado. La escala de la dependencia económica, sumada a prácticas sistémicas de persecución política, la insuficiencia de las estrategias comunicativas del mensaje independentista, la ausencia de trabajo político entre los sectores más necesitados del país y los conflictos sectarios, han limitado esa opción ante la mayoría de los electores del país.
Por otra parte, es ventajoso para el independentismo que los puertorriqueños no se consideran culturalmente estadounidenses. Puerto Rico tiene una cultura densa, madura, que sigue mostrando una gran resistencia a la asimilación. Aunque carente de un proyecto político y económico ampliamente difundido, las expresiones del nacionalismo cultural en la vida cotidiana son comunes y ubicuas. Por otro lado, el hecho de que poseemos una identidad cultural separada se vincula en Estados Unidos con los debates sobre el efecto negativo de las migraciones en el tejido cultural, lo cual produce sentimientos antagónicos y xenofóbicos en la mente de algunos sectores de esa sociedad, ante la posibilidad de la anexión de Puerto Rico al sistema político de EE.UU.
Además de enumerar las ventajas que Puerto Rico obtendría de adoptarse esa opción, los independentistas de todas las tendencias argumentan con frecuencia que la independencia es un derecho inalienable, basándose en las teorías de soberanía del derecho internacional o del derecho natural. Al acudir a foros internacionales a defender esa fórmula se han usado ambos tipos de argumento: los basados en lo que es conveniente y los basados en el derecho y la justicia.
El estadoísmo
El movimiento estadoísta, por su parte, ha articulado dos mensajes: la idea de que la prosperidad y la seguridad de los puertorriqueños, personal y colectiva, esta indisolublemente vinculada a Estados Unidos y la idea de que se debe tener una lealtad incondicional a esa nación. A pesar de que la ubicuidad de estas ideas hace parecer a este movimiento un bloque monolítico, hay discrepancias importantes respecto a su aplicación concreta y respecto a como se intercala con otros temas, como el nacionalismo o neo-nacionalismo.
La idea de prosperidad y seguridad provienen, en general, de la imagen de Estados Unidos como el país más rico del mundo y, en particular, de sus políticas benefactoras de transferir fondos (federales) a la población más necesitada y dependiente del país, cuyo número es cada vez mayor. El reconocimiento de ese valor proviene tanto de los sectores que reciben los beneficios, como de las empresas que suplen los bienes de consumo.
Más allá de estas nociones, la argumentación económica estadoísta se torna imprecisa. En ocasiones se han trazado comparaciones con la economía de Hawaii, ubicando al turismo como motor de la economía bajo la estadidad, abogando al mismo tiempo por un periodo de transición durante el cual no se pagarían impuestos federales, etc. La ausencia de claridad y coherencia en este asunto crucial de la economía, se neutraliza en el ambiente político por la confianza de que una vez seamos aceptados como estado, Estados Unidos habrá de garantizar, de una manera u otra, la prosperidad individual y colectiva.
Más difícil de dialogar es el problema de la llamada puertorriqueñidad. A pesar de más de cien años de convivencia directa con Estados Unidos, y de los intentos deliberados de americanización, el factor identitario sigue fortaleciendo la noción de que se trata de culturas separadas. Por eso, para bregar con esta contradicción, el movimiento estadoísta ha desarrollado el concepto imaginativo de estadidad jíbara; es decir, la idea de que se puede participar como miembro pleno de la Unión estadounidense sin perder la identidad cultural propia y sin hacer concesiones costosas en esta área, como es, por ejemplo, el idioma.
Esta tesis ha creado cierta controversia dentro y fuera del movimiento estadoísta. Hay detractores para quienes la estadidad si implica la asimilación, pero que las ventajas de pertenecer a Estados Unidos compensarán por mucho cualquier concesión cultural que hubiese que hacer. Estos estadoístas piensan que la estadidad jíbara no es una meta realista y que además puede ser contraproducente para la estrategia de conseguir la integración plena.
La otra idea central del movimiento estadoísta que exhibe posturas diversas es la lealtad incondicional a Estados Unidos. Esta diversidad se hizo patente durante la campaña para sacar la marina de Vieques. Algunos estadoístas defendían la permanencia indefinida de la Marina en Vieques —según lo dispusiera el gobierno federal— con argumentos basados en la lealtad. Otros se opusieron argumentando que si Puerto Rico fuera estado, la Marina no se hubiese atrevido a incumplir sus promesas ni a actuar de manera tan abusiva. La primera postura identifica la lealtad con sumisión mientras que la segunda pone énfasis en la igualdad y en los derechos inherentes de la ciudadanía.
Respecto al enfoque basado en el derecho y la justicia, se ha argumentado que los puertorriqueños, en su condición de ciudadanos estadounidenses desde el 1917 y habiendo contribuido al bienestar de ese país, especialmente mediante la participación en su ejercito en tiempo de guerra y paz, no deben ser tratados como ciudadanos de segunda clase, con un acceso mermado, y por lo tanto incompleto, a los derechos naturales de la ciudadanía.
La argumentación que emana de esta idea es ambigua. Por un lado se dice que Puerto Rico es una colonia y que debe dejar de serlo, pero nunca se acusa a EEUU de ser una potencia imperialista y que como tal debe dejar de serlo. La colonia, en otras palabras, no se define como el resultado de la política de Estados Unidos, sino de los puertorriqueños que se oponen a la estadidad. Esta incoherencia se resuelve mediante la noción de que se trata de un imperio benévolo y que el colonialismo no resulta de una imposición sino de la renuencia de los puertorriqueños a reclamar sus derechos ciudadanos fundamentales. De acuerdo con esta perspectiva, el responsable de la indecisión no es el gobierno federal, sino los sectores locales que prefieren mantener la colonia. Esto contrasta con la posición de los independentistas, para quienes Puerto Rico es una colonia precisamente porque Estados Unidos, respondiendo a un interés imperial mezquino, no ha tenido a bien crear las condiciones políticas necesarias para la independencia.
El estadolibrísmo
La corriente estadolibrista también ha presentado argumentos de conveniencia junto a consideraciones de derecho y justicia. La creación del Estado Libre Asociado en 1952 como fórmula legítima de relación política, se describe como cónsona con la condición natural de libertad de los pueblos y los seres humanos. Por otro lado, acreditan las ejecutorias del gobierno de Puerto Rico bajo el PPD a la concesión de gobierno propio. Se argumenta que es innegable, aparte de todas las observaciones y críticas que se puedan hacer, que la gestión del PPD, bajo el liderato de Luis Muñoz Marín, trasformó a PR de una situación de extrema carencia a una de relativa prosperidad con altos índices de bienestar social.
Montados en este historial, los estadolibristas encumbran el potencial de la fórmula autonómica para producir altos niveles de crecimiento económico sin sacrificar valores culturales y sin la necesidad de salirnos de la esfera de influencia (hegemonía) de Estados Unidos, el país más rico y poderoso del mundo.
El planteamiento alude a logros concretos y palpables, cuyos beneficios son disfrutados por personas de carne y hueso. La postura autonomista, sin embargo, sufre la desventaja de que su viabilidad política esta unida a sus pasadas y presentes deficiencias, particularmente al anacronismo de su modelo económico. No hay duda de que hoy en día, todo modelo político esta ligado a la viabilidad de su componente económico.
Entre los que favorecen el Estado Libre Asociado, se debate si este es un status colonial o no, o si retiene ‘vestigios coloniales’ como dicen algunos. Para quienes piensan que el ELA no es una fórmula colonial, lo establecido por la Ley 600 tiene carácter de pacto, reconoce la soberanía del país, es final y no necesita ser enmendado de manera significativa, porque cumple con las necesidades de Puerto Rico y de Estados Unidos. Los estadolibristas que piensan que el ELA tiene vestigios coloniales, sin embargo, opinan que esta es una condición transitoria, por tanto superable, que puede alcanzar mayores niveles de autonomía dentro de una relación que conserve las características básicas de la actual.
También desde la perspectiva del ELA se han presentado argumentos basados en derecho y justicia. Los argumentos giran en torno al concepto de ‘pacto’. Se alega que el pacto entre Estados Unidos y Puerto Rico esta basado en la voluntad de acción soberana de los puertorriqueños. Este argumento vincula la noción de ‘pacto’, como se concibe en las teorías contractualistas de legitimidad, con la idea de voluntad democrática y presenta como indebido e injusto cualquier intento de alterar los términos de la relación sin tomar en cuenta la preferencia del pueblo, que históricamente le ha dado la victoria al ELA.
El aspecto procesal
Habíamos dicho que el asunto del status, más allá del aspecto sustantivo, tiene un componente procesal. Los procedimientos usados hasta ahora para modificar el estatus fluctúan entre consultas populares, llamadas plebiscitos, y un mecanismo clásico denominado en el argot de las ciencias políticas, como Convención o Asamblea Constituyente.
Los plebiscitos realizados a la fecha han sido todos ganados por los defensores del ELA, aunque el margen sigue decreciendo. Estos triunfos electorales, sin embargo, no han disuadido a sus detractores, tan solo han servido para modificar sus tácticas de lucha. El énfasis del debate se dirige hoy hacia la definición de fórmulas. Los independentistas y estadoístas argumentan que la fórmula del ELA es esencialmente colonial y por eso ilegítima. Proponen, por lo tanto, que solo fórmulas descolonizadoras deben ser presentadas al electorado. Los estadolibristas, por otro lado, alegan que ellos no han intentado nunca imponerle a sus oponentes la definición de sus sendas fórmulas y que por lo tanto ellos no deben insistir en definir la suya.
El mecanismo de la Convención Constituyente como procedimiento para resolver el status ha sido objeto de discrepancias y falta de claridad entre sus defensores. Se ha propuesto como un mecanismo para generar un consenso entre los puertorriqueños de modo que sea un frente unido quien le haga exigencias, sea cual fuera, al Congreso de Estados Unidos. Se ha sugerido además que podría usarse como una oportunidad para abrir un dialogo con el gobierno federal respecto a las opciones que ellos consideran viables. Nunca se ha explicado como se van a unir independentistas, estadoístas y estadolibristas para erigir un consenso político funcional, habiendo discrepado entre sí por más de cien años. Como Estados Unidos nunca ha auspiciado una consulta de status con el compromiso de aceptar el resultado de la voluntad popular, sea cual sea, algunos piensan que el método de una Asamblea Constituyente es la única opción de acción política viable.
Raúl Cotto Serrano
Profesor de Ciencias Sociales
Universidad de Puerto Rico- Río Piedras
Publicado: 24 de septiembre de 2010