El día 12 de febrero de 1898, a las nueve de la mañana, los miembros del Gabinete autonómico provisional juraron ante el gobernador general, Manuel Macías. Eran estos los señores Francisco Mariano Quiñones (ortodoxo), presidente sin cartera; Luis Muñoz Rivera (liberal), secretario de Gobernación y Justicia; Manuel Fernández Juncos (ortodoxo), secretario de Hacienda; Juan Hernández López (liberal), secretario de lo Interior; Manuel F. Rossy (ortodoxo), secretario de Instrucción Pública; y José Severo Quiñones (liberal), secretario de Agricultura, Comercio e Industria. El primer Consejo de Secretarios fue juramentado el día 18 y tuvo como subsecretarios a los señores Julián E. Blanco Sosa (ortodoxo), para Ia Presidencia; José De Diego Martínez (liberal), para Gracia, Justicia y Gobernación; Luis Sánchez Morales (ortodoxo), para Hacienda; José Celso Barbosa (ortodoxo), para Instrucción Pública; Cayetano CoIl y Toste (liberal), para Agricultura, Industria y Comercio; y Félix Matos Bernier (liberal), para Obras Públicas y Comunicaciones.
I. El Consejo de Secretarios en propiedad
El segundo Consejo de Secretarios electos tomó posesión el 22 de julio y quedó constituido de la siguiente forma: Luis Muñoz Rivera (liberal), en la cartera de la Presidencia y Gobernación; Juan Hernández López (liberal), en la de Gracia y Justicia; Julián E. Blanco (ortodoxo), en la de Hacienda; y Salvador Carbonell (liberal), en la de Fomento. A su vez, se eligieron a los siguientes subsecretarios: José de Diego (liberal), para Presidencia y Gobernación; Francisco Acosta (liberal), para Gracia y Justicia; Nicolás Daubón (ortodoxo), para Hacienda; y Tulio Larrinaga (liberal), para Fomento.
El Consejo de Administración electo contaba con ocho concejales, la misma cantidad que tenían los designados por el gobernador general en nombre del rey. Mientras que los diputados a las Cortes Españolas eran dieciséis; estos representaban los pueblos de San Juan, Arecibo, Aguadilla, Mayagüez, Utuado, Ponce, Coamo, Guayama, Caguas y Humacao. En ambos cuerpos predominaban los autonomistas liberales y ortodoxos, pero también estaban representados minoritariamente los incondicionales.
Aunque el régimen autonómico tuvo muchas limitaciones y eventualmente fue suspendido a causa de la invasión estadounidense, les dio a los puertorriqueños facultades amplias en la legislación y administración insular, al igual que les otorgaba representación con voz y voto en las Cortes Españolas.
El primero de marzo, el gobernador Macías dispuso las elecciones de los representantes insulares para el 27 de ese mes, a fin de que el 25 de abril quedaran las Cámaras constituidas mediante el voto directo. El respaldo al autonomismo fue mayoritario: 98,000 votos, contra 2,000 que obtuvieron los incondicionales a España. Se demostró así el respaldo abrumador a esa ideología, no obstante de encontrarse dividido el ideal entre las alas liberales y ortodoxas.
Los sucesos preliminares de la Guerra Hispanoamericana llevaron al gobernador a suspender las garantías constitucionales el 21 de abril, y a establecer con todo rigor la Ley de Orden Pública de 1870. Al día siguiente se declaró en estado de guerra al Distrito Militar de Puerto Rico y quedó aplazada la inauguración de las Cámaras Insulares.
No fue hasta el mes de julio que, ante la necesidad de la organización plena del régimen, se expidió un decreto inaugurándose solemnemente, el día 17, la Cámara de Representantes y el Consejo de Administración. La función parlamentaria fue muy corta, abierta la sesión el día 18, se limitó a la aprobación de un estatuto de reforma de las secretarías de despacho, reducidas a cuatro, por la retirada de algunos de sus miembros provisionales del ala ortodoxa. Se aprobó también una protesta de adhesión a la causa española ante las hostilidades de Estados Unidos, que fue dirigida a la reina regente María Cristina y enviada a Madrid por cable.
Este artículo fue adaptado por el Grupo Editorial
Autor: Juan Hernández Cruz
Publicado: 25 de agosto de 2015